La Dirección General de Contrataciones Públicas establece nuevas pautas para evitar exigencias innecesarias en adquisiciones del Estado.
Certificación solo para bienes especializados o con restricciones legales
La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP), como órgano rector del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas (SNCCP), emitió una circular aclaratoria sobre el uso de la certificación de autorización del fabricante en los procedimientos de contratación pública.
La aclaración llega tras diversas situaciones en las que se ha solicitado este documento como parte de los requisitos habilitantes, incluso en adquisiciones de bienes de libre comercialización que no requieren una validación técnica especializada ni están sujetos a restricciones legales o acuerdos de distribución exclusivos.
Directrices claras sobre la exigencia de la certificación
En la Circular núm. DGCP44-PNP-2025-0008, la DGCP precisa que la certificación de autorización del fabricante debe ser exigida solo en casos específicos:
- Ítems especializados o técnicos, cuya complejidad impide que las instituciones validen por sí mismas los estándares de calidad exigidos.
- Restricciones legales o acuerdos de distribución exclusiva que impliquen limitaciones para los proveedores.
La DGCP subraya que este requisito no debe ser exigido en procesos relacionados con la adquisición de bienes perecederos y no perecederos, como alimentos, ni en aquellos ítems que no cuenten con un grado de especialidad.
Promoción de competencia abierta y equitativa
La circular también recuerda que el Decreto núm. 416-23 de la Ley 340-06 de Contrataciones Públicas dispone que las bases de contratación deben garantizar descripciones objetivas y funcionales del objeto contractual, promoviendo una competencia más abierta y equitativa.
En cuanto a la certificación, la DGCP aclara que debe considerarse un documento subsanable, conforme al artículo 120 del reglamento, lo que significa que los proveedores podrán presentar la certificación posteriormente si su contenido es inherente a la capacidad del oferente al momento de la oferta.
Garantía de legalidad y eficiencia
La DGCP exhorta a las unidades de compras, así como a los comités de compras y unidades operativas de contrataciones, a seguir las nuevas directrices para garantizar la legalidad, transparencia y eficiencia en los procesos de adquisición del Estado.
“Con esta orientación, la DGCP reafirma su compromiso con la promoción de reglas claras, la participación amplia de oferentes, especialmente de las mipymes, y la correcta aplicación de los principios que rigen la contratación pública en nuestro país”, indicó la entidad en un comunicado.